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martes, 28 de agosto de 2012

Italia condenada por la CEDH por su prohibición de diagnóstico de embrión

ESTRASBURGO, Francia (AFP)

La Corte Europea de Derechos Humanos condenó el martes a Italia por su legislación que prohíbe efectuar un diagnóstico antes del implante de un embrión, en el marco de una fecundación in vitro.

La sentencia de los jueces de Estrasburgo concierne a una pareja de italianos, portadores sanos de la enfermedad genética de la mucoviscidosis.

La pareja había tenido una hija en 2006, afectada por la patología. En 2010, nuevamente embarazada, la mujer recurrió a un aborto terapéutico cuando la pareja supo, mediante un diagnostico prenatal, que el feto estaba afectado por la mucosvicidosis.

Deseando tener un nuevo hijo sin transmitirle la enfermedad, la pareja deseaba recurrir a una procreación médicamente asistida y luego efectuar un análisis genético pre-implantatorio, antes de iniciar el embarazo.

Este prueba está prohibida en Italia, por lo que los demandantes consideraron que su país violaba su derecho al respeto de su vida familiar.

La CEDH dio razón a la pareja, ya que la legislación italiana "solamente dejaba a los demandantes una opción de angustia y sufrimiento: iniciar un embarazo por vía natural y proceder a una interrupción de embarazo" si el examen "revela que el feto estaba enfermo".

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