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domingo, 2 de noviembre de 2014

Hay pérdida de miles de millones como consecuencia de la «brecha del IVA»

​La Comisión Europa financia el estudio sobre la brecha del IVA en el
marco de su labor para reformar el sistema del IVA en la Unión Europea
y atajar el fraude y la evasión fiscales.
La resolución del problema que supone la brecha del IVA exige
abordarlo por varios flancos


Según el último estudio sobre la brecha del IVA publicado hoy por la
Comisión, en 2012 se perdieron unos 177 000 millones EUR en concepto
de IVA defraudado o no recaudado.
Esta cifra supone el 16 % del total de los ingresos por IVA previstos
en 26 Estados miembros[1].
El informe sobre la brecha del IVA aporta datos pormenorizados sobre
la diferencia entre el importe del IVA adeudado y el efectivamente
recaudado en 26 Estados miembros en 2012. Incluye asimismo cifras
actualizadas para el periodo 2009-2011, que son el resultado de la
aplicación de una metodología perfeccionada.
También expone las principales tendencias en la brecha del IVA, junto
con un análisis del impacto que han tenido sobre los ingresos del IVA
el clima económico actual y las decisiones políticas adoptadas.
Algirdas Šemeta, Comisario de Fiscalidad, ha declarado lo siguiente:
«La brecha del IVA es básicamente un marcador de la efectividad, o de
la falta de efectividad, de las medidas de aplicación y control del
cumplimiento de las normas en materia de IVA en toda la Unión Europea.
Las cifras que se presentan demuestran que aún queda mucho por hacer.
Los Estados miembros no pueden permitirse sufrir pérdidas de tal magnitud.
Deben incrementar sus esfuerzos y tomar medidas contundentes a fin de
recuperar este dinero público.
La Comisión, por su parte, sigue centrada en una reforma fundamental
del sistema de IVA para dotarlo de mayor solidez y eficacia y reducir
su vulnerabilidad ante el fraude.».
Se denomina «brecha del IVA» a la diferencia entre los ingresos
previstos en concepto de IVA y los efectivamente recaudados por las
autoridades nacionales.
Aunque resulta evidente que el incumplimiento es un factor que
contribuye de forma significativa a este déficit de ingresos, la
brecha del IVA no se debe exclusivamente al fraude.
La no percepción de este impuesto se debe también, entre otras cosas,
a las quiebras e insolvencias, los errores estadísticos, el retraso en
los pagos y los mecanismos de elusión legales.
En 2012, las cifras más bajas relacionadas con la brecha del IVA se
registraron en los Países Bajos (con un 5 % de ingresos previstos y no
recaudados), Finlandia (5 %) y Luxemburgo (6 %).
La diferencia más llamativa se observó en Rumanía (con un 44 % de
ingresos por IVA previstos y no recaudados), Eslovaquia (39 %) y
Lituania (36 %).
Once Estados miembros redujeron esta diferencia entre 2011 y 2012,
mientras que en otros quince esta diferencia aumentó.
Grecia fue el país que registró una mejora más sensible entre 2011 (9
100 millones EUR) y 2012 (6 600 millones EUR), si bien sigue siendo
uno de los Estados miembros con una brecha del IVA elevada (33 %).

Antecedentes

La Comisión financia el estudio sobre la brecha del IVA en el marco de
su labor para reformar el sistema del IVA en la Unión Europea y atajar
el fraude y la evasión fiscales.
La resolución del problema que supone la brecha del IVA exige
abordarlo por varios flancos. En primer lugar, es fundamental adoptar
una actitud más enérgica contra la evasión y reforzar el control del
cumplimiento a nivel nacional.
Como consecuencia de la reforma del IVA iniciada en diciembre de 2011,
se han adoptado ya importantes instrumentos que garantizan una mayor
protección contra el fraude del IVA (véase IP/11/1508).
Por ejemplo, el Mecanismo de Reacción Rápida, adoptado en junio de
2013, permite a los Estados miembros reaccionar con mayor celeridad y
eficacia a fin de atajar los casos repentinos de fraude del IVA a gran
escala (Véase IP/12/868).
En segundo lugar, cuanto más sencillo sea el sistema, más se
facilitará el cumplimiento de las normas a los contribuyentes.
Así pues, la Comisión se ha centrado de forma deliberada en
simplificar el sistema del IVA en beneficio de las empresas de la
Unión en su conjunto.
Por ejemplo, en 2013 entraron en vigor nuevas normas destinadas a
facilitar la facturación electrónica y disposiciones especiales
dirigidas a las pequeñas empresas (véase IP/12/1377), y, por otro
lado, la declaración del IVA normalizada propuesta (véase IP/13/988)
reducirá de forma significativa las cargas administrativas de las
empresas transfronterizas.
A partir del 1 de enero de 2015, entrará en vigor una ventanilla única
para las empresas de servicios electrónicos y de telecomunicaciones.
Con esta iniciativa, que entrañará una considerable simplificación de
los regímenes del IVA en favor de esas empresas, permitiéndoles
cumplimentar una única declaración del IVA para todas sus actividades
en la Unión Europea, se fomentará un mayor cumplimiento de las normas
(véase IP/12/17).
En tercer lugar, es preciso que los Estados miembros modernicen sus
administraciones tributarias en lo que respecta a la recaudación del
IVA a fin de reducir la brecha existente.
Por ejemplo, un informe sobre los procedimientos de recaudación y
control del IVA en los Estados miembros, en el contexto de los
recursos propios de la UE, publicado en febrero de 2014, propone
medidas al respecto (véase EXME 14/12.02).
Por último, los Estados miembros deben reformar sus sistemas fiscales
de forma que se facilite el cumplimiento, se evite la evasión y la
elusión y se mejore la eficiencia de la percepción de impuestos.
La Comisión ha aportado unas orientaciones claras a este respecto
mediante recomendaciones específicas por países.

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